Finca Canal, Vivienda Vacacional
Normas de alojamiento
- Está prohibido fumar en el interior de la casa.
- Se deberá de controlar el ruido y la música en el exterior, para no molestar a los vecinos.
- No esta permitido realizar fiestas o eventos sin nuestro consentimiento.
- No está permitida la redecoración de la casa, mover muebles, cuadros, etc.…
- Las dos cocinas están perfectamente equipadas para 14 personas, por lo que no se puede mover vajilla y demás enseres de una a otra, y si se hace, a la salida deberá estar en su lugar original.
- Todas las instalaciones deberán mantenerse en perfecto estado, si hubiese algún accidente o desperfecto deberá comunicarse a los propietarios.
- Tanto la casa como el portón principal deben permanecer perfectamente cerrados mientras los huéspedes se encuentran fuera de la casa.
- En caso de que durante la estancia se aloje una mascota, no está permitido que esta realice sus necesidades en el interior de la casa, los huéspedes son responsables de los daños que pueda producir.
Queda prohibido en todo caso a los clientes:
- Introducir muebles en el alojamiento o realizar obras o reparaciones en el mismo, sin autorización escrita del titular de la vivienda vacacional o de uso turístico.
- Alojar un mayor número de personas de las que correspondan a la capacidad máxima fijada para la vivienda.
- Ejercer la actividad de hospedaje en la vivienda o destinarla a fines distintos de aquellos para los que se contrató.
- Introducir materias o sustancias explosivas o inflamables u otras que puedan causar daños o molestias a los demás ocupantes del inmueble.
- Realizar cualquier actividad que entre en contradicción con los usos de convivencia, higiene y orden público habituales, o que impida el normal descanso de otros usuarios del inmueble.
- Introducir animales contra la prohibición del titular de la vivienda, salvo que se trate de perros de asistencia para personas con discapacidades.
- Introducir aparatos o mecanismos que alteren sensiblemente el consumo medio de agua y energía.
EL INCUMPLIMIENTO DE ESTAS NORMAS SUPONE LA PERDIDA DE LA FIANZA Y PUEDE SUPONER CARGOS ADICIONALES EN CASO DE QUE LOS DAÑOS SEAN SUPERIORES AL IMPORTE DE ESTA .EN CASO DE INCUMPLIR ESTAS NORMAS EL ESTABLECIMIENTO SE RESERVA EL DERECHO PARA PROCEDER A LA EXPULSION DE LOS INFRACTORES PARA LO CUAL SE PODRA RECABAR EL AUXILIO DE LAS FUERZAS DEL ORDEN PUBLICO.